Dique Chico
Dique Chico es una localidad situada en el departamento Santa María, provincia de Córdoba, Argentina.
Dique Chico es una localidad situada en el departamento Santa María, provincia de Córdoba, Argentina.
Desde el año 2016, vecinos y vecinas de la comuna están luchando contra las fumigaciones cercanas al ejido urbano. Las últimas casas del pueblo colindan con campos principalmente de soja y maíz, cultivos a los que se les aplican agroquímicos.
Tras las denuncias vecinales por fumigaciones cercanas a las casas y a la escuela del lugar, el 9 de noviembre 2017, el jefe comunal Nilo Alfredo Pérez firmó la Resolución Nº 242. Establece una zona de resguardo ambiental donde se prohíbe el uso de agroquímicos destinados a la pulverización, fumigación y/o la fertilización agrícola y/o forestal.
La norma no fue bien recibida por los productores de la zona que realizaron un tractorazo, un acampe y un encadenamiento a la comuna para manifestar su oposición. Además, interpusieron una acción de amparo y una medida cautelar para poder fumigar en espacios que fueron prohibidos por la norma indicada. La justicia hizo lugar a la cautelar y la normativa quedó suspendida. En reacción a esto, los vecinos y vecinas presentaron un recurso de apelación en contra de la resolución que suspende los efectos de la resolución comunal, el cual se encuentra pendiente de resolución.
Un estudio mostró que la alteración genética de niños/as expuestos/as a los herbicidas, es tres veces mayor que quienes no lo están. El análisis fue llevado adelante por el Laboratorio Servicios y Diagnóstico en Salud y Ambiente de Río Cuarto, que en febrero de 2018 tomó muestras en seis chicos de entre 7 y 11 años utilizando la técnica de “ensayo de micronúcleos (MN)”, que trabaja sobre la mucosa bucal.
Los niños/as que fueron analizados viven a distancias de entre 100 y 400 metros de campos con transgénicos donde se pulveriza con agroquímicos, y también asisten a una escuela rodeada de campos en donde se hacen al menos, cuatro fumigaciones al año, principalmente con el herbicida glifosato.
Estado actual
En el contexto del conflicto surgido a raíz de la Resolución Comunal N° 242/17 en el cual la agrupación vecinal de Dique Chico solicitó ante la Cámara Contenciosa Administrativa de segunda nominación constituirse como terceros interesados, fue que en septiembre del 2019 la Cámara emitiera una resolución en la cual dispuso recaratular la causa y dar trámite bajo la figura de “amparo ambiental”. De esta manera, se reconocerá como primordial, dentro del juicio, cuestiones de salud ambiental y de las personas afectadas por el uso de agroquímicos. Así, se deja de lado la forma en que fue presentada en primera instancia el amparo, como una cuestión meramente económica y privada.
A partir de ahora, la Justicia deberá aplicar los principios ambientales a la causa de prevención, precaución, de equidad intergeneracional, entre otros puntos avalados en la Constitución Nacional y en tratados internacionales.
Continúan dándose los conflictos e intereses contrapuestos entre productores y los vecinos y vecinas. Por un lado, los/as productores, quienes en otras oportunidades se han encadenado para que se habiliten las fumigaciones, organizan “tractorazos” exigiendo que se les permita fumigar libremente, y por el otro, vecinos y vecinas que denuncian las fumigaciones y además manifestando que han recibido amenazas y malos tratos por la otra parte.
Legislación
Resolución comunal N° 242/17
Crea una zona de resguardo ambiental en la cual se prohíbe el uso de cualquier tipo de producto químico o biológico de uso agropecuario destinado a la pulverización y/o fumigación o a la fertilización agrícola y/o forestal.
La zona de resguardo ambiental comprende unos 1.000 metros a partir del límite exterior o más extremo de la planta urbana y 1.000 metros de la Escuela Bernardo de Monteagudo Bajo Chico N° 2 y Jardín de Infantes Mariano Moreno Anexo Bajo Chico. Una segunda zona de resguardo ambiental comienza a partir de éstos límites en los cuales se autoriza a realizar la aplicación terrestre de productos químicos de las clases toxicológicas III y IV y hasta unos 500 metros.
La resolución comunal exceptúa a los productos debidamente autorizados para la práctica de agricultura orgánica o agroecológica.
Jurisprudencia
Autos: “Fischer, Diego Agustín y otros c/ Comuna de Dique Chico -Amparo Ley 4915”.
El 28 de diciembre de 2017, la Cámara Contenciosa Administrativa de Segunda Nominación, a cargo de los jueces Humberto Sánchez Gavier y María Inés del Carmen Ortiz hizo lugar a un recurso de amparo presentado por productores afectados por la Resolución N° 242/2017.
La resolución establece: “Ordenar la suspensión provisional y excepcional de la Resolución N° 242/2017 de la comuna de Dique Chico desde la fecha de notificación del presente decisorio y por el plazo de 30 días hábiles judiciales”. La resolución judicial suspende la aplicación de la ordenanza hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo e impone a los amparistas que den cumplimiento íntegro a todas y cada una de las previsiones de la ley de agroquímicos de la provincia 9164 y demás reglamentación vigente.
Población
281 habitantes (DGEyC, 2008)
Actividad económica principal
Turismo, agricultura y ganadería.
Formas de movilización
Vecinos autoconvocados.
Médicos y abogados de Pueblos Fumigados.
Red Universitaria de Ambiente y Salud.
Madres de Barrio Ituzaingo (Sofia Gatica).
Productores/as agropecuarios/as.
Municipio.
Laboratorio Servicios y Diagnóstico en Salud y Ambiente de Río Cuarto (UNRC).
“Llevando a nuestros chicos a la escuela, nos topamos sin previo aviso con una nueva fumigación. Escoltados por la Policía y por el agente fiscalizador Mariano Heavy, siempre junto a quienes envenenan a nuestro pueblo, llevaron adelante la pulverización con agrotóxicos, en uno de los campos lindantes al pueblo.”